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PAD 2025: Vencimiento de plazo para acogimiento en el Sector Hidrocarburos

16 de abril de 2025
GSA

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El 26 de julio de 2024, se publicó, en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N°013-2024-EM, mediante el cual se estableció un nuevo plazo excepcional e improrrogable para la presentación del Plan Ambiental Detallado (PAD).

De esta manera, al estar próximo a vencer el plazo otorgado, recordamos de manera detallada las principales disposiciones a tener en cuenta:

Plazo para presentar la solicitud de acogimiento al PAD:

  • Los titulares de actividades de hidrocarburos comprendidos en los supuestos del Decreto Supremo N°023-2018-EM deben comunicar su acogimiento al PAD mediante la “Ficha Única de Acogimiento al Plan Ambiental Detallado”, establecida en el Anexo 1 del Decreto Supremo N°013-2024-EM. (Adjuntamos el documento)
  • Esta comunicación debe presentarse ante la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del MINEM o ante el Gobierno Regional correspondiente, hasta un año desde la entrada en vigencia de la norma que debería ser el 27 de julio de 2025; no obstante, este día es considerado un día no hábil (domingo), por lo que se debería tomar en cuenta el día hábil posterior, que sería el miércoles 30 de julio de 2025.

Sin embargo, con base en una comunicación preliminar con el MINEM, la entidad recomienda que se tome en consideración como fecha límite para presentar la solicitud de acogimiento al PAD el viernes 25 de julio de 2025, sin perjuicio de que emitan un comunicado oficial en el que establezcan el día específico que se tomará en cuenta como plazo máximo.

  • Importante: La Ficha tiene carácter de declaración jurada y solo serán evaluados los componentes incluidos en ella.

Elaboración y presentación del PAD:

  • El PAD deberá elaborarse conforme a los “Lineamientos para la formulación de los Planes Ambientales Detallados”, aprobados por Resolución Ministerial N°113-2019-MEM/DM, y presentarse ante el MINEM o el Gobierno Regional, conforme a sus competencias.

Plazo para presentar el PAD:

  • El Plan Ambiental Detallado deberá presentarse en un plazo de hasta tres (3) años, contados a partir del 27 de julio de 2024, es decir, hasta el 27 de julio de 2027, siempre que se haya comunicado previamente el acogimiento en el plazo indicado.

Quedamos atentos a cualquier consulta que puedan tener al respecto.

Para mayor detalle de la norma, dar click aquí.

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Resolución Ministerial

Anexos

Decreto Supremo


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