Sunarp

SUNARP establece la obligatoriedad de la presentación electrónica de partes y solicitudes notariales

23 de octubre de 2023
GSA

Autor

A través de la Resolución N°163-2023-SUNARP/SN, en adelante, la “Resolución”, publicada el día 20 de octubre de 2023, se establece la obligatoriedad de la presentación electrónica de partes y solicitudes notariales que contengan actos a inscribirse en los registros jurídicos a cargo de la SUNARP a través del Sistema de Intermediación Digital SUNARP (SID-SUNARP).

Asimismo, se deja sin efecto la Resolución N°039-2023-SUNARP/SN, Resolución mediante la cual se establece la inscripción facultativa o exclusiva de distintos actos inscribibles ante el Registro Público, en tanto, desde la entrada en vigencia de la Resolución, la presentación de los partes y solicitudes notariales que contengan actos a inscribirse deberá realizarse a través del SID-SUNARP de manera obligatoria.

La Resolución entrará en vigencia a partir del 02 de noviembre de 2023. Desde esta fecha, las oficinas registrales denegarán la presentación de partes y solicitudes notariales en soporte papel, salvo las siguientes excepciones, toda vez que la Resolución solo será aplicable a los documentos extendidos por los notarios en territorio nacional:

  • Traslados instrumentales expedidos por cónsules fuera del país, instrumentos otorgados en el extranjero según el régimen legal extranjero.
  • Traslados instrumentales expedidos por el Archivo General de la Nación o por los Archivos departamentales del acervo documentario de un notario cesado.
  • Traslado instrumental del acervo documentario del notario cesado, cuyo protocolo notarial se encuentra bajo la administración del Colegio de Notarios.
  • Traslados instrumentales de documentos extra protocolares que cumplan con los requisitos para la inscripción, siendo facultativa su presentación a través del SID-SUNARP según la normativa vigente.

Asimismo, las unidades registrales o responsables de las oficinas competentes autorizarán la recepción en soporte papel de los partes y solicitudes notariales a través del diario, únicamente en los casos en los que sea imposible la presentación electrónica por un plazo mayor a dos (02) horas por caso fortuito o fuerza mayor (problemas de conectividad, incidentes tecnológicos, etc.) hasta la solución del inconveniente técnico.

Así consta en la Resolución N°163-2023-SUNARP/SN publicada el 20 de octubre de 2023 en el Diario El Peruano, la misma que entra en vigencia el 2 de noviembre de 2023.


Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados del Estudio:

Dr. Luis Gastañeta, Dr. Agustín Yrigoyen, Dra. Shirley Cárdenas, Dr. Alfonso Tola, Dra. María Soledad Gastañeta y Dra. Gianella Cáceres.


La información contenida en este documento no constituye ni pretende constituir asesoría o asistencia legal directa o indirecta de ninguna especie, ni establece ningún tipo de relación profesional. Asimismo, tampoco pretende hacer publicidad de los servicios prestados por nuestra firma ni por ninguno de sus abogados. El único propósito es dar información de carácter general respecto de temas que pueden ser de interés para los clientes y amigos de nuestra firma. Este informativo, así como otros informes generales y artículos de interés preparados por los abogados del Estudio, podrán encontrarse en nuestra página web: www.gsalegal.pe